LEY 100 DE 1993 RÉGIMEN PENSIONAL.
la ley 100 de 1993 en el articulo numero 10 establece que el sistema general de pensión tiene como objetivo garantizar a la población el amparo contra las contingencias derivadas de la vejez, la invalidez y la muerte, mediante el reconocimiento de las pensiones y prestaciones que se determinan en la presente ley, así como propender la ampliación progresiva de cobertura a los segmentos de población no cubiertos con un sistema de pensiones.
El régimen pensional tiene las siguientes características:
- La afiliación sera obligatoria salvo lo previsto para los trabajadores independientes.
- los afiliados tendrán derecho al reconocimiento y pago de las prestaciones y de las pensiones de invalides, vejez y muerte.
- la afiliación implica la obligación de efectuar los aportes que se establecen en esta ley.
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