viernes, 20 de mayo de 2016



RELACIONES CON TERCEROS: 


CONVENIOS Y CONDICIONES CON ENTIDADES FINANCIERAS: Teniendo en cuenta que una empresa tenga un tipo de cuenta bancaria tiene la particularidad de que no se puede abrir con cualquier banco, sino con el que se tenga convenio, sobre lo que es cuenta de nomina la superintendencia financiera mediante concepto 2008036463-001  del 26 de  junio del 2008 expuso los siguiente:  Usualmente las cuentas de nomina  son el resultado de un convenio celebrado entre una institución financiera y cualquier entidad publica o privada interesado en efectuar el pago de su nomina a través de las consignaciones periódicamente   en las cuentas para cada uno de sus empleados. 







Estas entidades deben contar con un código de descuento  asignado por la secretaria distrital de hacienda, oficina de gestión de pagos y la secretaria de Educación del Distrito, oficina de nomina, el cual estará vigente  entre tanto entre en operación el registro único nacional  de entidades operadores de libranzas a cargo del ministerio de hacienda y crédito público del que habla la ley 1527 de 2012 "Por medio de la cual se establece un marco general para la libranza o descuento directo y se dictan otras disposiciones". 




TIEMPOS Y PLAZOS CON LAS ENTIDADES PAGADORAS:    Para la liquidación de descuentos por nomina las entidades como cooperativas, sindicatos, fondo de empleados, compañía prestadora de salud  entidades aseguradoras y establecimiento de crédito mensualmente y de acuerdo con un cronograma establecido reportan a través de los archivos planos  de prestamos, afiliaciones y/o cancelaciones de descuentos  que por servicios han adquirido los funcionarios a través de documentos  debidamente firmado. 






Publicado por: Yurany Holguin. 

No hay comentarios:

Publicar un comentario

Comentarios